TJUE hipotecas multidivisa ato abogados

El TJUE se adelanta al Supremo declarando abusivas las hipotecas multidivisa

Insta a los bancos a proporcionar información suficiente a los clientes para que conozcan el riesgo de contratar estos productos.

A la espera de que el Tribunal Supremo español se pronuncie hoy, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a sentenciar la abusividad de las cláusulas correspondientes a las hipotecas multidivisas, por la falta de transparencia en la contratación de estos productos.

El TJUE ha resuelto que los bancos «deben facilitar a los clientes información suficiente para que éstos tomen decisiones en la contratación de un préstamo en divisa extranjera», debiendo informar del riesgo de una apreciación de las divisas.

Una magnífica noticia para los más de 70.000 afectados que se calculan hay en España, esperando que el Tribunal Supremo también los apoye.

DESCARGA AQUÍ  >> Sentencia en el asunto C-186/16 COMUNICADO DE PRENSA n.º 103/17 <<

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Hipotecas referenciadas a IRPH

Hipotecas referenciadas a IRPH, otra lucha en los tribunales

Durante el boom de la expansión inmobiliaria, miles de hipotecas fueron formalizadas en España utilizando el índice IRPH Cajas e IRPH Bancos como referencia para calcular las cuotas, argumentando las entidades bancarias que iba a ser más estable que el Euribor, el tipo de interés más utilizado.

Aunque IRPH siempre ha estado por encima, ambos indicadores se movían paralelamente hasta 2012, fecha en la que Euribor si empezó a caer fuerte y progresivamente (hasta alcanzar los mínimos históricos actuales) mientras que IRPH lo hacía pero a un ritmo mucho más lento. En el año 2013 sólo quedó vigente el índice IRPH Entidades (una media de los otros dos).

Así pues, los consumidores que tenían referenciados sus préstamos hipotecarios al IRPH se vieron claramente perjudicados, teniendo que abonar cantidades considerablemente más elevadas en concepto de intereses.

Cada vez más Juzgados están considerando abusivo este índice y probando la opacidad con que se comercializaron estas hipotecas, por lo que desde ATO Abogados recomendamos que se pongan en manos de especialistas para reclamar la nulidad de dicho índice y solicitar la devolución de la totalidad de cantidades pagadas de más en concepto de intereses.

ELIMINAR IRPH (ÍNDICE DE REFERENCIA DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS) DE LA HIPOTECA

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Audiencia Huelva desestima recurso Caixabank sobre cláusula suelo, con costas

La Audiencia Provincial de Huelva desestima el recurso interpuesto por Caixabank contra la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Ayamonte que se CONFIRMA, con expresa condena en costas de segunda instancia a la entidad recurrente y pérdida del depósito prestado para apelar.

Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 6 de abril de 2017 se dictó sentencia contra la entidad CAIXABANK S.A., declarando la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de las cláusulas limitativas del interés variable que se contienen con el 3%, 4,50% y 4,70% en las escrituras y novaciones del préstamo, debiendo ser eliminadas.

Se condenaba a la demandada a reintegrar al actor las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de las cláusulas suelo desde el inicio y novaciones de los mismos, más cantidades devengadas posteriormente a la interposición de la demanda por tal concepto.

Se imponía además expresa imposición de costas a Caixabank.