compraventa valores santander

Juzgado de Huelva anula suscripción de Valores Santander

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El cliente suscribió en 2007 orden de compra de obligaciones convertibles denominadas como “Valores Santander” por importe de 120.000 €.

ATO Abogados ha conseguido nueva Sentencia favorable sobre este producto de inversión complejo, que muchos clientes adquirieron creyendo que se trataba de un depósito a plazo fijo garantizado.

Sobre los «Valores Santander»

Unánime es el criterio jurisprudencial que considera la complejidad de este producto financiero. Emitidos por Banco Santander con el objeto de financiar la compra de un banco holandés mediante una OPA, contemplaba dos opciones: una primera opción, por si la OPA fracasaba, en la que los valores quedaban configurados como un producto de renta fija que serían amortizados en 2008, pero si la OPA prosperaba, como así sucedió, pasaría a ser producto de renta variable, debiendo ser canjeados por obligaciones convertibles con un interés anual equivalente al Euribor más un diferencial del 2,75%, que serían a su vez canjeadas por acciones ordinarias del Banco Santander de manera voluntaria en diferentes fechas y, en todo caso y de forma obligatoria, el 4 de octubre de 2012.

Por todo ello se entiende que la oferta debería llevar aparejada la correspondiente información detallada y proporcional al nivel de formación financiera del cliente, de manera que éste pueda comprender los riesgos y valorar la conveniencia de suscribir.

Para el juez, se puede concluir que, siendo el demandante consumidor minorista, la información facilitada por la entidad financiera, atendidas las circunstancias descritas sobre fecha de emisión del tríptico informativo, no puede considerarse que fuera adecuada, suficiente, comprensible y clara sobre las características del producto contratado y los posibles riesgos inherentes a la operación.

Se declara, por tanto, la nulidad de la orden de suscripción de los VALORES SANTANDER, con la obligación de devolver por parte del banco, el principal invertido junto con el interés legal desde la orden de compra. Por su parte, el cliente habrá de reintegrar a la entidad los rendimientos abonados por la entidad, así como las acciones entregadas en el instante de la conversión.

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Banco de España emite informe pericial sobre Banco Popular

Los inspectores del Banco de España encargados del informe pericial sobre Banco Popular ya han concluido su trabajo, que podría ver la luz pública en los próximos días. Este informe marcará si hubo o no estafa en la polémica ampliación de capital de 2016, por falsear las cuentas de resultados.

El informe recoge el análisis más esperado por los inversores que perdieron su dinero en Banco Popular, ya que estima que la entidad financiera amplió capital en 2016 con unas cuentas que reflejaban pérdidas de menos. Las cuentas anuales que se reflejan en el folleto de la ampliación de capital no respetaban determinados aspectos de la normativa contable, en especial la clasificación de las operaciones refinanciadas en dudoso.

Algunos de los principales aspectos que trata el informe:

  • La entidad amplió capital con unas cuentas que no reflejaban todas las pérdidas de años anteriores.
  • Las revisiones de la inspección del Banco Central Europeo (BCE) y la propia realizada por Banco Popular no se tuvieron en cuenta al estimar las entradas en dudosos en el momento de la ampliación.
  • El cambio en 2014 de la política contable interna del Banco Popular para la clasificación de operaciones explicaría parte de la disminución de dudosos en 2014 y 2015 y el incremento en 2016.
  • El Banco de España tuvo que dar un toque de atención al Banco Popular en julio de 2014 por su relajación a la hora de refinanciar créditos que deberían haberse clasificado como morosos.
  • Del mismo modo, se liberaron provisiones de activos adjudicados.
  • Una de las mayores irregularidades presuntamente cometidas fue la de financiar la compra de acciones en la ampliación y no descontar esos importes a la hora de computar el capital del banco.
  • El informe explica que la entidad presentaba peticiones con información incorrecta, incompleta o incluso con duplicidades, lo que dificultaba la tarea del BCE de ofrecer el dinero necesario al banco para que este pudiese hacer frente a la fuga de depósitos.

Fuente.- El Confidencial

La venta de Banco Popular en junio de 2017 a Banco Santander supuso la pérdida total de cualquier inversión efectuada en acciones ordinarias de la entidad financiera, en deuda subordinada y en bonos subordinados convertibles en acciones. Es posible reclamar para recuperar el dinero invertido en Banco Popular.

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Nulidad de contrato de adquisición de acciones de Banco Popular

La compra de Banco Popular en junio de 2017 por parte de Banco Santander supuso la pérdida total de las inversiones efectuadas en compra de acciones ordinarias de la entidad financiera, en deuda subordinada y en bonos subordinados convertibles en acciones.

Independientemente de su condición de persona física o jurídica, el afectado minorista puede reclamar por vía civil la nulidad de su contrato para tratar de recuperar su dinero. Así lo confirman muchas Sentencias favorables, tanto de Juzgados de Primera Instancia como de Audiencias Provinciales.

Es el caso de la Audiencia Provincial de Oviedo que en Sentencia 334/2018 confirma la nulidad del contrato de adquisición estimada en Primera Instancia por Juzgado y afirma que «la entidad emisora ha de proporcionar, y no puede eximirse de hacerlo, información clara, real y comprensible sobre su situación económica, futura rentabilidad, etc., todo ello por cuanto, como se dijo, ha de resultar determinante a los efectos de la formación de la voluntad negocial del potencial inversor».

Los accionistas compraron bajo una apariencia de solvencia que no se correspondía con la realidad, como afirma el perito Prosper Lamothe, que afirma que «la información ofrecida por el banco era sesgada, omitiendo la parte inmobiliaria, con manipulación de los ratios de rentabilidad»

Se condena a la entidad demandada a la restitución del importe invertido en la adquisición de las acciones, con intereses legales desde la fecha de la suscripción.

¿Quieres saber cómo puedes reclamar la nulidad de tu contrato?

Amplía información en este artículo de nuestro blog.

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Canal Sur TV – Análisis #sentencia Juzgado Osuna, #Sevilla, que declara #nulidad #valores #Santander y Producto #Inmobiliario

Antonio Olaya, director de servicios jurídicos de ATO Abogados SLP, explica en Canal Sur TV, junto con los afectados, la sentencia favorable de Juzgado de Osuna, Sevilla, que declara nulidad de Valores Santander y Producto Global Inmobiliario, que la entidad bancaria comercializó a una familia ganadora de un premio de lotería.

 

Puede ampliar la noticia también aquí >> VIVA SEVILLA- «Consiguen que el Santander les devuelva su primitiva»