Es posible que, en algunos casos, el banco haya dejado de aplicar una determinada cláusula suelo, desde una fecha, sin que el cliente firmase documento alguno, con lo que, a pesar de cesar el banco en su aplicación, la misma no ha sido eliminada del contrato de préstamo hipotecario.

En estos casos, es clara la respuesta afirmativa sobre la posibilidad de reclamar y demandar pidiendo la nulidad de dicha cláusula suelo por falta de transparencia, cuando se den todos los parámetros para ello y el cliente no haya sido informado convenientemente.

Suele ocurrir que, en muchos casos, tras la primera reclamación extrajudicial, el banco, antes de que presentemos demanda y consigamos la nulidad, nos propone devolver las cantidades cobradas de más, en concepto de intereses por aplicación de la cláusula suelo, desde la firma de la operación hasta la fecha en que ha dejado de aplicarla. Pero cuidado, porque suponiendo que el cálculo de las cantidades a devolver que nos propone el banco sea correcto, estaríamos renunciando: (I) por un lado, a los intereses legales generados por esos importes desde la fecha de cada cobro hasta el día de su abono y, (II) por otro lado, a obtener el recálculo del cuadro de amortización que debió resultar sin aplicación de dicha cláusula, con la consiguiente disminución del capital pendiente de amortizar.

En aquellos otros supuestos en que si se reclamó por la cláusula suelo y el banco accedió a dejar de aplicarla a cambio de firmar un acuerdo y renunciar a ejercer acciones legales, hemos de analizar cada caso concreto.

De todas formas, en líneas generales, para esos supuestos, hemos de saber que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios declara nula, en su artículo 10, la renuncia de los derechos reconocidos a los consumidores y usuarios, por lo que, esa cláusula del pacto, debería ser considerada también nula.

En cualquier caso, desde ATO Abogados, recomendamos acudir a letrados especialistas en la materia para analizar cada situación y, si es viable, demandar reclamando la nulidad de la cláusula suelo.