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Juzgado de #Huelva anula #cláusula #suelo de CaixaBank, con #costas – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Huelva condena también a CaixaBank a anular una cláusula suelo del 4,25 % de un préstamo hipotecario del año 2008.

Se declara la nulidad de dicha cláusula, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, debiendo ser eliminada.

Se condena a la entidad a reintegrar las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo, desde la fecha de la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9/5/13, más los intereses legales desde la fecha de cada pago hasta el completo pago de dichas cantidades, así como al recálculo del cuadro de amortización.

Se imponen las costas de la instancia a la entidad demandada.

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AP de #Huelva condena a #UNICAJA a anular #cláusula #suelo y a pagar las #costas de la 1ª y 2ª instancia – ATO Abogados SLP

La sentencia de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Huelva confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 6 y declara la nulidad de la cláusula suelo del 3,50% del préstamo hipotecario contraído con UNICAJA en el año 2009 y la devolución de cantidades cobradas de más desde el 9 de mayo de 2013, asi como la condena en costas a UNICAJA de ambas instancias.

Desde ATO ABOGADOS SLP queremos resaltar que la Audiencia Provincial de Huelva, en beneficio de los afectados, dada la alarma social que existe sobre estos asuntos, condene en costas a la entidad bancaria.

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Juzgado en #Huelva anula otra #clausula #suelo a #UNICAJA – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Huelva declara la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de la cláusula tercera bis, limitativa del interés variable del 3,50 % nominal anual que se contiene en la escritura del préstamo hipotecario del año 2006.

Esta declaración de nulidad comporta que la entidad bancaria haya de eliminar dicha cláusula del contrato, que haya de recalcular el cuadro de amortización del préstamo, desde la fecha de publicación de la STS de Mayo de 2013 y con devolución de las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dichas cláusulas más los intereses legales desde la fecha de cada cobro, devengados al tipo de interés legal del dinero.

Se condena en costas procesales a la entidad demandada.

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#CaixaBank obligada a #anular otra #cláusula #suelo en #Huelva, con #costas – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Huelva ha emitido nueva sentencia que declara nula, por tener el caracter de abusivo, de una cláusula suelo del 3,00% nominal anual incluida en escritura de préstamo con garantía hipotecaria del año 2009 suscrito con CAIXABANK.

En la sentencia, se condena a la entidad demandada a recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9/5/2013 como si nunca hubiera estado incluida la cláusula en cuestión, rigiendo dicho cuadro en lo sucesivo hasta el fin del préstamo.

También se deberá reintegrar al demandante las cantidades que hayan sido percibidas en aplicación de dicha cláusula, desde la fecha de publicación de STS de 9 de Mayo de 2013, así como sus intereses al tipo legal del dinero desde sus respectivos cobros.

Con expresa condena en costas a la entidad demandada.

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BANCO #MARE #NOSTRUM: declarada nula por abusiva #cláusula #suelo en #Huelva, con #costas – ATO #Abogados SLP

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Huelva, declara nula, por abusiva, cláusula suelo del 3,50 % nominal anual, ínsita en escritura pública de compraventa y subrogación -con novación- en préstamo con garantía hipotecaria de BANCO MARE NOSTRUM S.A. (actual BMN CAJAGRANADA).

Deberán rehacerse y recalcularse los cuadros de amortización y abonar a la demandante las cantidades que hayan podido cobrarse de más como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula, desde STS 9 de Mayo de 2013.

Se condena también en costas a la entidad

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#UNICAJA, obligada de nuevo a #eliminar #cláusula #suelo en #Huelva (y con #costas) – ATO #Abogados SLP

Otro Juzgado de Huelva, el de Primera Instancia Nº 3, condena también a Unicaja a anular la cláusula suelo que unos clientes tenían incorporada en una escritura simultánea de compraventa, subrogación hipotecaria y novación en relación a vivienda habitual de 2004.

En dichas escrituras se establecía una limitación a la bajada del interés en la estipulación segunda de las referidas a la ampliación del plazo, diciendo que “en ningún caso, el tipo de interés aplicable al prestatario será inferior al 3,50% nominal anual”. En 2007, se formalizó una escritura de novación que ampliaba el capital y plazo de amortización.

La magistrada-juez declara la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de la cláusula limitativa del interés variable que se contiene debiendo ser eliminada.

Se condena a la entidad a reintegrar las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo, desde la fecha de la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9/5/13, más los intereses legales desde la fecha de cada pago hasta el completo pago de dichas cantidades, así como al pago de las costas de la instancia.

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Dos Juzgados de Huelva anulan #cláusulas #suelo de #CaixaBank en #Huelva, con #costas – ATO #Abogados SLP

Dos juzgados de Huelva, el de Primera Instancia Nº 3 y el Nº 5, anulan sendas cláusulas suelo de CaixaBank a dos consumidores onubenses. En el primer caso, corresponde a una cláusula del 3,90 % incluida en un préstamo hipotecario del año 2006. En el segundo, también de 2006, se incluye dicha cláusula limitativa al tipo de interés variable, no inferior al 4,4 %.

En ambas sentencias se condena a la entidad a la devolución de las cantidades cobradas en aplicación de dicha cláusula, desde la fecha de cada cobro, más intereses, desde la fecha de publicación de la STS de 9 de Mayo de 2013.

También se condena a la entidad al pago de las costas procesales.

Otra #cláusula #suelo #anulada a #UNICAJA en #Huelva, con #costas a la entidad

El Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Huelva declara nula una cláusula suelo del 3,50 % de un préstamo hipotecario de una clienta de UNICAJA de Huelva.

En la sentencia se obliga a la entidad a eliminar dicha cláusula del contrato y a recalcular y rehacer los cuadros de amortización del préstamo, abonando a la demandante las cantidades que hayan podido cobrarle de más como consecuencia de la cláusula, desde el día 9 de Mayo de 2013.

Además se condena a UNICAJA al pago de las #costas #procesales.