abogado general TJUE IRPH

El abogado general de la UE abre la puerta a las reclamaciones por IRPH en hipotecas

El Abogado General de la UE, Maciej Szpunar, ha hecho pública sus conclusiones sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios #IRPH y, en su informe, propone al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en su Sentencia declare que la cláusula pactada entre consumidores y bancos que fija un tipo de interés tomando como valor de referencia el IRPHpuede ser objeto de un control judicial para ver si es abusiva o si se comercializó de forma transparente.

Estas conclusiones suponen un golpe para los intereses de la banca y abre la puerta a que potencialmente los clientes de cláusulas abusivas puedan llegar a ser compensados.

La opinión del abogado de la UE no es vinculante. Los magistrados, en los próximos meses, estudiarán el caso con detenimiento y se pronunciarán de forma definitiva, pero las estadísticas muestran que el Tribunal tiende a seguir la opinión de sus letrados.

Ahora corresponde a los Tribunales españoles pronunciarse sobre ello. Serán ellos los que decidan si la cláusula es abusiva y si, de serlo, corresponden compensaciones.

abogado general TJUE IRPH

Las conclusiones del Abogado General del TJUE sobre IRPH se aplazan al 10 de septiembre

La publicación de las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el índice IRPH de las hipotecas, se retrasa del 24 de junio, fecha prevista inicialmente, al 10 de septiembre de 2019.

Así pues, los afectados tendrán que esperar un poco más para conocer este dictamen que, si bien, no es vinculante para la Sentencia definitiva, si es verdad, que la Sala suele coincidir con su postura.

Por otro lado, la banca tiene más tiempo para prepararse mejor ante el riesgo que tienen a la vista en caso de que el TJUE declare finalmente que las cláusulas con IRPH en los préstamos hipotecarios son abusivas y deban anularse. Según algunos cálculos, se estima que la banca española podría tener que devolver entre 7.000 y 44.000 milllones de euros.

vista oral sobre IRPH TJUE

El TJUE celebrará vista oral sobre IRPH el 25 de febrero 2019

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fijado el próximo día 25 de febrero de 2019 para celebrar la vista oral sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios #IRPH y responder a tres cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de Primera Instancia número 28 de Barcelona:

  1. La primera cuestiona si el índice IRPH está exento de cualquier control de transparencia, como afirmó el Tribunal Supremo español  en Sentencia de diciembre de 2017.
  2. La segunda cuestión se refiere a cómo quedaría el tipo de interés del préstamo hipotecario en caso de que se decrete la nulidad del índice IRPH. Si será referenciado a cero euros o si es sustituido por otro índice como el euribor.
  3. La tercera deberá aclarar si la devolución de los importes pagados de más, junto a los intereses se aplican con carácter retroactivo.

Hay que recordar que la Comisión Europea ya presentó en septiembre de 2018 un informe contrario al Alto Tribunal español concluyendo que la cláusula IRPH puede anularse de la hipoteca si no se comercializó con la debida transparencia.

Los más del millón de hipotecados afectados esperan con ansiedad la resolución y la banca, al igual que con las cláusulas suelo, vuelve a enfrentarse a uno de los mayores riesgos del sector financiero.

cláusula IRPH COMISIÓN-EUROPEA

IRPH: en espera de que se pronuncie la justicia europea en 2019

Durante el próximo año 2019 se conocerá la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cláusulas IRPH, Índice de Referencia de Prestamo Hipotecario, en las hipotecas.

Recordamos que el Tribunal Supremo sentenció a finales de 2017 que el IRPH era un índice de referencia más, equiparable a Euribor y que la simple referencia en la hipoteca a este índice no implicaba falta de transparencia ni abusividad. Sin embargo, la Comisión Europea en informe hecho público en septiembre de 2018 contradijo al Alto Tribunal español, concluyendo que la cláusula IRPH puede anularse de la hipoteca si no se comercializó con la debida transparencia.

La Comisión Europea informa que la cláusula IRPH puede anularse por falta de transparencia

Ante la posibilidad de que el TJUE, como en el caso de otras cláusulas abusivas, de la razón finalmente a los consumidores, algunos bancos están ofreciendo acuerdos consistentes en eliminar dicha cláusula del contrato de préstamo con garantía hipotecaria y aceptar a cambio un tipo de interés fijo para el resto de vida del préstamo.

Hay que tener en cuenta que, en relación con las cláusulas suelo, el Tribunal Supremo ya declaró que los acuerdos de eliminación de dichas cláusulas del contrato, suponían una convalidación o subsanación de dicha cláusula abusiva y, por tanto, el cliente no pueda iniciar una posterior reclamación judicial o extrajudicial de las cantidades pagadas de más como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula.

Es por ello que aconsejamos esperar antes de firmar un acuerdo extrajudicial con el banco.

cláusula IRPH COMISIÓN-EUROPEA

La Comisión Europea informa que la cláusula IRPH puede anularse por falta de transparencia

Importante noticia para los miles de afectados por la cláusula IRPH en España y es que la Comisión Europea acaba de emitir un informe en la cuestión prejudicial planteada por el JPI 38 de Barcelona, C-125-18, criticando al Tribunal Supremo español por no respetar el principio de transparencia de las normas europeas de protección del consumidor.y concluyendo que la cláusula IRPH puede anularse de la hipoteca si no se comercializó con la debida transparencia.

Recordamos que el Tribunal Supremo sentenció que no se podían modificar las hipotecas que tuvieran incluidas dicho índice, por estar supervisado por el Banco de España. Si bien hubo un voto particular de un magistrado cuestionando dicho criterio.

Desde ATO Abogados esperamos que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirme dicho informe y, al igual que con las cláusulas suelo, sea posible reclamar la nulidad del índice IRPH por falta de transparencia.

AQUÍ PUEDES CONSULTAR EL INFORME DE LA COMISIÓN

suspensión en Andalucía sobre IRPH

Primera suspensión en Andalucía sobre IRPH a la espera del Tribunal de Justicia la Unión Europea

Un Juzgado de Algeciras ha dictado un Auto por el que suspende el curso de un procedimiento sobre la nulidad del índice IRPH en una hipoteca, a la espera del pronunciamiento que deba realizar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la cuestión prejudicial que planteó en febrero otro Juzgado de Barcelona.

Varios Juzgados de España han dictado resoluciones en el mismo sentido, siendo este caso el primero en Andalucía.

El pasado 22 de noviembre, el Tribunal Supremo se pronunció a favor de los bancos sobre la eventual abusividad del IRPH.

A pesar de ello, si eres uno de los afectados por el IRPH no desesperes, puesto que esperamos que la respuesta del TJUE sea favorable a los consumidores y abra de nuevo la vía para instar nuevas reclamaciones en nuestros Juzgados.

Hipotecas referenciadas a IRPH

Hipotecas referenciadas a IRPH, otra lucha en los tribunales

Durante el boom de la expansión inmobiliaria, miles de hipotecas fueron formalizadas en España utilizando el índice IRPH Cajas e IRPH Bancos como referencia para calcular las cuotas, argumentando las entidades bancarias que iba a ser más estable que el Euribor, el tipo de interés más utilizado.

Aunque IRPH siempre ha estado por encima, ambos indicadores se movían paralelamente hasta 2012, fecha en la que Euribor si empezó a caer fuerte y progresivamente (hasta alcanzar los mínimos históricos actuales) mientras que IRPH lo hacía pero a un ritmo mucho más lento. En el año 2013 sólo quedó vigente el índice IRPH Entidades (una media de los otros dos).

Así pues, los consumidores que tenían referenciados sus préstamos hipotecarios al IRPH se vieron claramente perjudicados, teniendo que abonar cantidades considerablemente más elevadas en concepto de intereses.

Cada vez más Juzgados están considerando abusivo este índice y probando la opacidad con que se comercializaron estas hipotecas, por lo que desde ATO Abogados recomendamos que se pongan en manos de especialistas para reclamar la nulidad de dicho índice y solicitar la devolución de la totalidad de cantidades pagadas de más en concepto de intereses.

ELIMINAR IRPH (ÍNDICE DE REFERENCIA DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS) DE LA HIPOTECA

IRPH vs Euribor

¿#IRPH o Euribor en la #hipoteca? La diferencia de tener aplicado el índice IRPH le puede estar costando muy caro

Las entidades financieras convencían a sus clientes para referenciar las hipotecas al índice IRPH diciéndoles que era más estable, menos volátil y, por tanto, más seguro que el Euríbor. Esta elección, a priori más favorable, a la larga, se ha traducido en un mayor desembolso económico. De hecho, elegir el IRPH en lugar del Euríbor ha supuesto a los hipotecados pagar bastante dinero de más todos los meses.

Hay ya bastantes sentencias que han decretado la nulidad de este índice, argumentándose la falta de “información previa, clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo”.

Si desea conocer más sobre el índice de referencia hipotecario IRPH y si es posible eliminarlo consulte nuestro artículo Eliminar IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios) de la hipoteca.