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Sentencia Juzgado #Huelva condena a #CaixaBank por #cláusula #suelo: #nulidad, devolución desde Mayo 2013 y #costas – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera instancia Nº 4 de Huelva ha emitido sentencia que declara la nulidad, por tener el carácter de abusivo, de las cláusulas limitativas del interés variable que se contienen en la cláusula de la escritura de préstamo de escritura de novación de préstamo hipotecario que en 2008 establecía un tipo de interés mínimo de un 4,25% nominal anual, y un techo del 15%.Y la cláusula limitativa del interés variable que se contienen en la cláusula tercera bis de la escritura de préstamo del año 2009 y que establecían un tipo de interés mínimo de un 4,95 % nominal anual, y un techo del 15%, debiendo ser eliminadas de los contratos indicados.

Se condena a la entidad CAIXABANK SA a abonar al cliente los intereses cobrados en exceso por la aplicación de la referida cláusula suelo desde el 9 de mayo de 2013, con sus intereses legales.

Así mismo se deberá recalcular y rehacer, excluyendo la cláusula suelo, el cuadro de amortización del préstamo hipotecario a interés variable objeto de esta demanda, que regirá en lo sucesivo, contabilizando el capital que efectivamente debió ser amortizado.

Con expresa condena en costas a la entidad demandada.

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Anulada en #Huelva nueva #cláusula #suelo de #CaixaBank, con #costas – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Huelva ha declarado la nulidad, por tener el carácter de abusivo, de una cláusula suelo del 4,25% de un contrato de préstamo hipotecario del año 2007 de CaixaBank.

Se condena a la entidad a abonar a los clientes los intereses cobrados de más por aplicación de dicha cláusula desde el 9 de Mayo de 2013, así como a recalcular y rehacer, excluyendo la referida cláusula, el cuadro de amortización del préstamo hipotecario a interés variable.

Se condena expresamente en costas a la entidad demandada.

 

 

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Juzgado de Moguer (#Huelva) aplica #retroactividad total en #cláusula #suelo de BMN, con #costas – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Moguer ha declarado la nulidad de una cláusula suelo del 3,5 % de un préstamo hipotecario del año 2007 del Banco Mare Nostrum, aplicando la retroactividad total en la devolución de cantidades.

Dicha nulidad comporta que la entidad bancaria deberá recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde su constitución, como si nunca hubiese estado incluida dicha cláusula.

Lo novedoso de esta sentencia en Huelva es que la entidad demandada deberá reintegrar a los clientes las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula desde su constitución (retroactividad total), más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento.

También se imponen las costas procesales a la entidad financiera.

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Sentencia favorable de #cláusula #suelo, de la AP de #Huelva contra #CaixaBank – ATO #Abogados SLP

La Audiencia Provincial de Huelva admite recurso de apelación de nuestro cliente y revoca al Juzgado de lo Mercantil, declarando la nulidad de la cláusula suelo del 4% de la entidad financiera CaixaBank del año 2007.

Se condena a la entidad a eliminar dicha cláusula del contrato de préstamo hipotecario con restitución de intereses indebidamente cobrados por su vigencia desde la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013.

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Nueva #sentencia favorable con #costas, de #cláusula #suelo, contra #Banco #Popular -ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Huelva estima la demanda de los letrados de ATO Abogados SLP y declara la nulidad de la cláusula suelo del 3,50 % que unos clientes del Banco de Andalucía (actualmente Banco Popular) tenían incluida en el apartado 3.3 de su contrato de préstamo hipotecario de 2009.

Se condena a la entidad demandada a devolver a los demandantes las cantidades que hayan sido percibidas en aplicación de la misma, desde el 09/05/13, así como sus intereses al tipo de demora procesal desde que sean liquidadas dichas cantidades, debiendo la entidad proceder a nuevo recálculo del cuadro de amortización sin la aplicación de la cláusula.

Asimismo, la demandada abonará las costas devengadas por la actora.

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AP de #Huelva estima recurso y anula #cláusula #suelo a #CaixaBank – ATO #Abogados SLP

La Audiencia Provincial de Huelva estima recurso del bufete ATO Abogados SLP, revoca al Juzgado de lo Mercantil y anula cláusula suelo de CaixaBank.

Se declara la nulidad por ser abusiva por falta de transparencia de la cláusula suelo recogida en la escritura de compraventa con subrogación en préstamo hipotecario de CAIXABANK del año 2006, que establecía un tipo mínimo del 3,50 %.

Se condena a la entidad mencionada a restituir a los prestatarios los intereses cobrados en exceso por la aplicación de la referida cláusula suelo desde el 9 de mayo de 2013, con sus intereses legales del art. 576 de la LEC desde que se produzca la liquidación.

También se condena a la entidad financiera demandada a eliminar dicha condición general de la contratación del contrato de préstamo hipotecario objeto del pleito y a recalcular y rehacer, excluyendo la cláusula declarada nula por abusiva, el cuadro de amortización del préstamo desde el 9 de mayo de 2013.

IRPH vs Euribor

¿#IRPH o Euribor en la #hipoteca? La diferencia de tener aplicado el índice IRPH le puede estar costando muy caro

Las entidades financieras convencían a sus clientes para referenciar las hipotecas al índice IRPH diciéndoles que era más estable, menos volátil y, por tanto, más seguro que el Euríbor. Esta elección, a priori más favorable, a la larga, se ha traducido en un mayor desembolso económico. De hecho, elegir el IRPH en lugar del Euríbor ha supuesto a los hipotecados pagar bastante dinero de más todos los meses.

Hay ya bastantes sentencias que han decretado la nulidad de este índice, argumentándose la falta de “información previa, clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo”.

Si desea conocer más sobre el índice de referencia hipotecario IRPH y si es posible eliminarlo consulte nuestro artículo Eliminar IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios) de la hipoteca.

ato abogados clausula suelo condena popular AP-R436-16

#Cláusula #suelo: AP de #Huelva condena otra vez al Banco #Popular -ATO #Abogados SLP

Otro vecino de Huelva capital ha conseguido la nulidad de la cláusula suelo de su hipoteca, tras estimar la Audiencia Provincial el recurso de ATO Abogados SLP, revocando sentencia del Juzgado de lo Mercantil.

En 2006, el afectado concertó con Banco Pastor (actual Banco Popular) un préstamo hipotecario en el que se estipuló cláusula de interés mínimo del 3%. Posteriormente en 2007 se novó el referido préstamo aumentando cláusula al 3,80%.

El juez condena a la entidad a devolver los intereses cobrados en exceso por aplicación de la referida cláusula que se anula desde 9 de mayo de 2013, con los intereses del articulo 576 LEC desde su liquidación, previo recálculo, excluyendo la cláusula suelo, del cuadro de amortización del préstamo hipotecario a interés variable desde la citada fecha.

ato abogados clausula suelo cajasur SAP R304-16

BBK BANK- CAJASUR: Audiencia Provincial #Huelva revoca Mercantil y anula #cláusulasuelo – ATO #Abogados SLP

La Audiencia Provincial de Huelva estima el recurso de apelación interpuesto por los letrados de Huelva capital, ATO Abogados SLP, y revoca al Juzgado de lo Mercantil, acordando la nulidad, por ser abusiva por falta de transparencia, de la cláusula suelo del 3,00% contenida en la escritura de préstamo hipotecario de 2004, posteriormente novada en 2011 con aumento de la cláusula al 4,00%, suscrita por los clientes con BBK BANK CAJASUR.

Se condena a la entidad demandada a restituir a los prestatarios los intereses cobrados en exceso por la aplicación de referida cláusula, que se anula desde el 9 de mayo de 2013, hasta la supresión efectiva de la misma, con los intereses legales del art. 576 LEC desde que se produzca la liquidación.

Se condena también a la entidad demandada a recalcular y rehacer, excluyendo la cláusula suelo, el cuadro de amortización del préstamo hipotecario a interés variable desde el 9 de Mayo de 2013.